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Integración represiva
entre Cuba y Venezuela.
Por Casto Ocando
Un nuevo convenio firmado entre Cuba y Venezuela permitirá a jueces,
funcionarios policiales y de la seguridad del Estado cubano, actuar
en territorio venezolano con amplias facultades para investigar,
capturar y hasta interrogar a cubanos que residan en el país
petrolero, o incluso a ciudadanos venezolanos que sean requeridos
por la justicia castrista, en cooperación con la policía política
del régimen de Hugo Chávez.
La nueva Ley sobre Asistencia Jurídica en Materia Penal, que fue
oficializada el pasado 22 de diciembre, otorga amplios poderes
discrecionales a jueces y funcionarios del Estado cubano, para
administrar justicia valiéndose de los recursos y la estructura
judicial de Venezuela, lo que podría convertirse, según expertos, en
un formidable instrumento para castigar la disidencia de una
comunidad que supera los 30,000 cubanos viviendo en Venezuela desde
que comenzó Chávez su gobierno.
Al mismo tiempo, el instrumento legal podría ser utilizado para
someter a juicio en Cuba a activistas de la oposición venezolana
cuyas acciones puedan ser consideradas ataques a la seguridad o la
soberanía cubanas.
''Es un convenio que viola absolutamente la soberanía de Venezuela.
Es un convenio peligroso'', dijo a El Nuevo Herald Tulio Alvarez,
abogado constitucionalista y académico de la Universidad Central de
Venezuela (UCV).
Según Alvarez, lo más grave del convenio es que ''permite a los
funcionarios cubanos, en forma directa, sin ningún tipo de vía
judicial, investigar en Venezuela bienes, personas y allegados a
esas personas para juicios en Cuba, prácticamente sin límites''.
''Y lo peor es que pueden recoger y presenter pruebas documentales
contra venezolanos'', apuntó.
El académico ejemplificó que ''si yo como venezolano emito una
opinión contra el régimen cubano, y me manifiesto contra la figura
que no dudo en calificar de dictador, del señor Fidel Castro, aquí
podrían abrirme una investigación penal a solicitud de un tribunal
cubano. Y eventualmente podría ser extraditado a Cuba''.
El acuerdo de 19 artículos, cuya primera versión ya había sido
elaborada cuando Chávez llegó al poder en 1999, fue sancionado por
la Asamblea Nacional en enero del 2004, y establece que la
cooperación tendrá un carácter ''confidencial".
Aunque el artículo 3 de la Ley indica que la cooperación no incluirá
casos de delitos politicos o militares, establece al mismo tiempo
que la colaboración también puede ser prestada en estos casos,
mediante una negociación entre los ministros de Justicia de ambos
países.
''Si se trata de un delito político o militar el que está siendo
objeto de investigación en Cuba, y sobre el cual se pide asistencia
a la autoridad venezolana, la autoridad venezolana se puede rehusar
a prestar esa asistencia. Pero antes de negarse formalmente, la
autoridad venezolana debe consultar con la autoridad cubana sobre la
posibilidad de que conceda la asistencia con otras condiciones que
se estimen necesarias. En definitiva, sí se podría prestar la
asistencia en casos políticos o militares'', detalló el profesor
Jesús Quintero, profesor de derecho penal de la Universidad Católica
Andrés Bello (UCAB).
Esta ley, según Quintero, ''está poniendo el sistema judicial
venezolano, que todavía tiene un carácter democrático, al servicio
de una justicia totalitaria. Y el temor es que el gobierno de Cuba
vaya a perseguir a personas en territorio venezolano''.
El acuerdo beneficia más a Cuba que a Venezuela, ''por la situación
de hecho: hay más cubanos en Venezuela, que venezolanos en Cuba'',
acotó el académico de la UCAB.
Los cubanos exilados en Venezuela, aunque sean nacionalizados,
estarán sometidos a las disposiciones de este convenio.
Según el Artículo 1 del instrumento legal, los funcionarios cubanos
podrán:
• Recibir testimonios o declaraciones (interrogatorios).
• Acceder a documentos, expedientes y elementos de prueba.
• Localizar o identificar personas (captura de sospechosos).
• Trasladar personas detenidas para prestar tertimonio u otros
motivos.
• Ejecutar solicitudes de registro, embargo y retención preventiva
de bienes.
• Inmovilizar activos.
• Asistir en incautaciones, indemnizaciones y ejecuciones de multas.
Significativamente, el acuerdo deja en claro que la cooperación se
prestará ''independientemente de que el motivo de la investigación,
el enjuiciamiento o el procedimiento en el Estado Requiriente sea o
no un delito con arreglo a las leyes del Estado Requerido".
Los funcionarios cubanos ''podrán trasladar personas detenidas a los
efectos de prestar testimonios u otros motivos. Nos preguntamos
cuáles serían esos otros motivos'', cuestionó el abogado venezolano
Rodrigo Pérez Bravo, asesor de grupos de activistas comunitarios.
Según el profesor Jesús Quintero, de la UCAB, la nueva ley podría
permitir las siguientes situaciones:
• Un policía o agente de seguridad cubano puede ir a Venezuela a
interrogar a un testigo, sea cubano o venezolano. ''El tratado no
establece cómo va a ser evacuada una diligencia de esta clase, lo
cual genera preocupación por el posible uso de medios violentos''.
• Un ciudadano venezolano puede ser trasladado a Cuba para declarar.
Y si el juez cubano considera que la persona ha incurrido en falso
testimonio o en injurias al tribunal, a esa persona se le puede
abrir un juicio en Cuba, ''sin ninguna garantía de que esa persona
sea devuelta a Venezuela''.
• Podrían abrirse juicios en Cuba contra una persona que se haya
refugiado en Venezuela.
''Ya Venezuela deja de ser un santuario de protección para
perseguidos politicos cubanos'', según Quintero.
• Si un ciudadano venezolano escribe o pronuncia públicamente una
opinión en contra de Fidel Castro, y el gobierno castrista considera
que estas declaraciones produjeron un daño con consecuencias
negativas para Cuba, esa persona puede ser enjuiciada en Cuba ''por
ser enemigo político del régimen''.
Fuente:
El Nuevo
Herald
Enero 23, 2005
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